viernes, 25 de julio de 2014

La Comisión Negociadora del XV Convenio Colectivo pacta las condiciones retributivas de 2 sorteos extraordinarios.

El jueves, 24 de julio, se celebró una reunión de la Comisión Negociadora del XV Convenio Colectivo, para pactar las condiciones retributivas aplicables al sorteo extraordinario del Día 11 del 11 y del sorteo de Navidad del 1 de enero.

En el primer punto del orden del día de la Comisión Negociadora, se han pactado, por mayoría, las condiciones retributivas a aplicar en el Sorteo Extraordinario del 11 de noviembre, que son las mismas que las de un sorteo periódico ordinario, computando sus ventas junto con las del resto de productos periódicos para el cálculo de las comisiones mensuales, y teniendo esto en cuenta a los efectos del mínimo obligatorio y umbral de ventas correspondientes.

En cuanto al Sorteo de Navidad de 1 de enero, el sistema de comisiones aprobado, por unanimidad, es el mismo que el pactado, el año pasado, para este mismo sorteo, según la siguiente escala:

Hasta 119 cupones 12%

De 120 a 349 cupones 13%

De 350 a 549 cupones 15%

Más de 550 cupones 17%

Hay que destacar, como así se ha señalado en la Mesa de Negociación, que la aplicación de este pacto queda condicionado al visto bueno de la comercialización de este producto, por parte del Consejo de Ministros, superado ya el trámite de su aprobación por el Consejo de Protectorado.

Consideramos que los acuerdos alcanzados son positivos y confiamos que estos productos extraordinarios reporten los mayores beneficios para el personal y lo que es fundamental igualmente, que estos productos se consoliden de una forma clara y rotunda en el mercado del juego.



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